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PATENTES Y MARCAS. PROPIEDAD INTELECTUAL.ABOGADOS Y AGENTES OFICIALES

MARCAS EN ESTADO DE ALARMA: ¿SE MANTIENE LA OBLIGACION DE USO?

Las marcas deben ser objeto de un uso efectivo en el mercado una vez transcurridos cinco años desde su registro (art. 39 LM). El uso no se configura como una obligación jurídicamente exigible sino como una carga impuesta a sus titulares en beneficio de su propio interés: el mantenimiento de sus derechos.

La declaración del estado de alarma por COVID-19 ha provocado el cese de numerosas actividades empresariales y, consecuentemente, el de numerosas marcas. Esta situación podría extenderse en el tiempo y afectar a la carga de uso legal. Estos casos revisten especial interés tras la modificación de la Ley de Marcas que permite exigir al solicitante, en los procedimientos de oposición, prueba de que la marca oponente ha sido objeto de un uso efectivo.

En aquellos supuestos en los que la falta de uso se vea afectada por los plazos legales y la situación actual de inactividad, cabría acudir a las excepciones previstas en el apartado 5 del art. 39 LM, que reconocen como causas justificativas del no uso “las circunstancias obstativas que sean independientes de la voluntad de su titular”.

Otra estrategia es la figura de las marcas de cobertura, recurso utilizado para quienes, transcurrido el plazo de gracia de cinco años, desean mantener los registros de marcas no usados sin riesgos de cancelación. La presentación de nuevas solicitudes activará un nuevo plazo de gracia, sin carga de uso, durante cinco años adicionales.

Cabe recordar, asimismo, que el uso debe realizarse en la forma en la que las marcas se encuentran registradas. La realidad del registro debe coincidir con la del mercado. Las actualizaciones de los logos no registradas podrían hacer incurrir la marca en causa de caducidad por falta de uso.

Finalmente, en caso de diversificación o ampliación de sus actividades mercantiles, sus registros deben actualizarse recogiendo las nuevas categorías de productos y servicios conforme a la Clasificación de Niza.

LAS CRISIS REVISTEN SIEMPRE OPORTUNIDADES. ES TIEMPO DE REINVENTARSE Y ACTUALIZAR SUS ACTIVOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

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